- Adquisición de terreno.
- Infraestructura, urbanización y obra civil.
- Adquisición de edificio o nave.
- Obra menor relacionada con instalaciones y/o ubicación de maquinaria o bienes de equipo.
- La contratación de servicios de telecomunicaciones a operadores.
- La contratación de servicios de mantenimiento de derechos, ni de instalaciones, ni de las soluciones implantadas, nuevas o preexistentes.
- Bienes adquiridos mediante arrendamiento financiero.
- El I.G.I.C. satisfecho para la adquisición de bienes o servicios facturados, así como cualquier otro impuesto.
- Los gastos financieros como consecuencia de la inversión.
- Inversiones en equipos usados.
- Transporte exterior.
- Servicios de telecomunicaciones básicos.
- Mobiliario de oficina.
- Instalaciones y bienes de equipo ajenos al proceso productivo.
- Gastos diversos de asistencia a congresos, jornadas, dietas o viajes no contemplados en la solicitud y que no tengan relación directa con el proyecto.
- Coste de personal correspondiente a la plantilla de la empresa.
- Suscripción y/o adquisición de revistas y/o libros.
2ª Convocatoria


