Los tributos que pudieran recaer sobre la actividad desarrollada serán, en todo caso, a cargo del beneficiario (pyme) y no computarán a efectos del presupuesto a subvencionar.
2ª Convocatoria
2ª Convocatoria
Los tributos que pudieran recaer sobre la actividad desarrollada serán, en todo caso, a cargo del beneficiario (pyme) y no computarán a efectos del presupuesto a subvencionar.