¿Podra el beneficiario concertar la ejecución de las actividades subvencionadas con personas o entidades vinculadas?

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En ningún caso podrá concertarse por el beneficiario la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con personas o entidades vinculadas con aquél, salvo que concurran las siguientes circunstancias:

  1. Que la contratación se realice de acuerdo con las condiciones normales de mercado.
  2. Que se obtenga la previa autorización del órgano concedente en los términos que se fijen en las bases reguladoras.

 

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